Una vez más

Una vez más los poderes fácticos han actuado y una vez más lo han hecho sobre lo que ellos piensan qué es la profesión sanitaria, entre las dos mayoritarias, más débil y que por ende, debe estar siempre supeditada a la otra.

Estos seres obtusos y anclados en el pasado siguen pensando en quiméricas supremacías profesionales que el quehacer diario dejaron atrás hace muchos lustros.

Hoy en día, tanto profesionales médicos como profesionales enfermeros trabajan codo con codo en la resolución de los problemas que les plantean sus pacientes y ciudadanos en aras de ser cada vez más eficientes. Problemas que algunas veces exceden lo exigible a sus currículos profesionales pero que, por la alta vocación de servicio de estos profesionales, en vez de eludirlos los solucionan, aconsejan o derivan a los pertinentes en las diferentes materias.

Sirva de ejemplo el binomio médico-enfermero que se da en los vectores de trasporte de los servicios de emergencia extrahospitalarios (ambulancias y medios aéreos principalmente). Es un binomio que trabaja absolutamente conjuntado, en el cual cada uno tiene claro lo que tiene que hacer, incluso cuando atienden situaciones de accidentes de múltiples víctimas.

Es más, suelen ser equipos estables que llevan trabajando mucho tiempo juntos (casi siempre años) y en los que la mayoría de las veces las palabras sobran, simplemente con miradas cómplices ya sabe cada uno lo que tiene que hacer.

Pues una vez más un Gobierno de la nación, haciendo caso a la sin razón de unos caducos, ha echado piedras en el engranaje de la perfecta y engrasada máquina sanitaria que tenía este país, deteriorándola gravemente.

Con el Real Decreto de prescripción enfermera (de nombre oficial: “por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros”) aprobado, que no publicado hasta la fecha, por el Consejo de Ministros del pasado día 23 de octubre se ha provocado una situación compleja y disfuncional en la atención a los pacientes críticos por parte de los servicios de emergencias extrahospitalarios, destrozando el funcionamiento de un equipo de trabajo que se ha demostrado muy eficiente y lo lleva demostrando desde hace más de 25 años.

Son servicios que fueron pioneros en protocolizar todas sus actuaciones para dar seguridad a los pacientes y además, salvaguardar integralmente a sus profesionales. En los que siempre se tuvo claro que el trabajo en equipo era primordial como única forma para poder conseguir resultados satisfactorios con los pacientes en un medio tan hostil y diferente al habitual como el extrahospitalario en el que se está sometido continuamente a todo tipo de riesgos.

Servicios en donde teníamos muy claro, ya desde finales de los años ochenta cuando se desarrollaron estos, las funciones propias de cada profesión, la normo praxis, la delegación de actuaciones, etc. aspectos que finalmente se regularon en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias refrendando un modo de hacer operativo. También estaba muy clara la capacidad prescriptora colaborativa de la enfermera, sobre todo en situaciones de ausencia de médico, recordemos que el vigente Real Decreto por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera en las ambulancias de Soporte Vital Avanzado (tipo C) no es obligatorio que el médico vaya en la dotación (“…cuando la asistencia a prestar lo requiera…”), en unidades tipo VIR (vehículo de Intervención Rápida) sólo con personal de enfermería, etc. O en situaciones de accidentes de múltiples víctimas donde el equipo debía separarse en busca de mayores niveles de eficacia.

Todo esto que estamos describiendo funcionaba con unos niveles de calidad muy elevados, tanto es así que los Servicios de Emergencias Extrahospitalarios presentan unas altísimas valoraciones en las encuestas de satisfacción que realizan los usuarios del sistema.

Pero la pregunta que ahora nos hacemos todos los enfermeros que estamos o hemos pertenecido a estos servicios es: a partir de la entrada en vigor del nuevo Real Decreto de Prescripción Enfermera ¿qué va a pasar?

Pues que según la clandestina redacción del artículo 3 de la citada disposición en el caso de tener que administrar un fármaco sujeto a prescripción médica, en nuestro medio prácticamente todos, un médico deberá determinar previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir además de hacer el seguimiento del que fuera objeto. Situación de imposible solución, por más imaginativa que sea, ya que nos pone a las enfermeras en una situación de ilegalidad (delito penal de intrusismo profesional) si incumplimos el citado artículo.

En definitiva la inoperancia y la ineficacia más absolutas.

Una vez más un Gobierno corto de miras y secuestrado por una amenaza de presunta pérdida de un puñado de votos y un minúsculo ruido de sables oxidados en unas elecciones que se les presentan complicadas ha legislado en contra de la operatividad y las buenas prácticas de los profesionales sanitarios.

Una vez más unos pocos quieren que las enfermeras volvamos a tiempos ancestrales pero han llegado tarde ya que el desarrollo profesional y académico adquirido en los últimos años y la satisfacción y el apoyo de la sociedad por nuestros cuidados no tiene vuelta atrás.

Una vez más tenemos un contratiempo en nuestro camino pero eso nos hace más fuertes para seguir avanzando (“un tropiezo es un avance” decía una sabia mujer… mi abuela).

 

 

Juan Carlos Gómez

Autor Juan Carlos Gómez

El mecanismo de acción de la puño percusión precordial (en la reanimación cardiopulmonar) es el de una desfibrilación eléctrica de 0,04 a 1,5 Julios, debido a la conversión de la energía mecánica en energía eléctrica. Blog orientado a la enfermería de Urgencias y Emergencias.

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