Condena del Tribunal Supremo por tráfico ilegal de órganos

por | 19 diciembre 2017 | Blog Francisco Corpas | 0 Comentarios

Los hechos se produjeron tras conocer uno de los procesados que precisaba de un trasplante de riñón, momento al partir del cual, junto con dos personas más, idearon un plan consistente en localizar a un donante compatible con el procesado para que, a cambio de una cantidad determinada de dinero, aceptara presentarse ante las autoridades sanitarias como un amigo de la familia y someterse al trasplante de riñón, obviando con ello que la normativa aplicable exige que el donante intervivos preste su consentimiento de forma expresa, libre, consciente y desinteresada. De este modo, contactaron con un súbdito marroquí en situación irregular en España, con importantes limitaciones idiomáticas (al menos para expresarse), sin vínculo familiar alguno en España, que residía en una vivienda ocupada por personas sin techo y que subsistía pidiendo limosna o trabajo a la gente.

Una vez localizado el donante, y superadas las pruebas de compatibilidad para llevar a cabo el trasplante de riñón, -pruebas realizadas siempre como su hermano-, los procesados buscaron una notaría para tramitar un expediente de jurisdicción voluntaria para la donación intervivos de un órgano vital, acreditando así la supuesta amistad entre el receptor y el donante, mediante una declaración jurada en la que intervendrían como testigos el resto de procesados. Sin embargo, llegado el momento, el donante, temeroso de las consecuencias que para su salud podría tener someterse a la operación de trasplante, se negó a firmar. Ante ello, el resto de los procesados no dudaron en llevarse al donante hasta el inmueble en que residía, insultándole allí y presionándole, recriminándole su actitud de no seguir adelante con el trasplante e incluso agrediéndole.

Detención

Tras la denuncia del donante agredido, los procesados fueron detenidos. La Audiencia Provincial de Barcelona dictó sentencia imponiendo penas de prisión y de multa, entre otras, a los autores por delitos de tráfico de órganos, coacciones, usurpación de estado civil y lesiones.

Rechazo

Recurrida dicha sentencia ante el TS, este advierte que el objeto de protección va más allá de la integridad física, abarcando también las condiciones de dignidad de las personas, evitando que las mismas por sus condiciones económicas puedan ser cosificadas, tratadas como un objeto detentador de órganos que, por su bilateralidad o por su no principalidad, pueden ser objeto de tráfico. Y destaca el propio sistema de trasplantes altruista y solidario para la obtención y distribución de órganos para su trasplante a enfermos que lo necesiten. Como consecuencia de ello, el Tribunal Supremo rechaza los recursos presentados y confirma las condenas impuestas por la Audiencia Provincial.

Autor: Francisco Corpas

Francisco Corpas es abogado, profesor y, en los pocos ratos libres que le quedan, músico compositor. Como pasa muchas horas al día hablando en jurídico, promete dejar ese lenguaje aparte en este blog, siempre que sea posible. Pero intentará acercar el Derecho desde una perspectiva más cálida y humana

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