Autoridad de profesionales del Sistema Sanitario de Extremadura

por | 19 mayo 2015 | Blog Francisco Corpas | 0 Comentarios

El Boletín Oficial del Estado ha publicado con fecha 6 de mayo de 2015 la Ley 11/2015, de 8 de abril, de Autoridad de profesionales del Sistema Sanitario Público y centros sociosanitarios de Extremadura. Esta ley que se une a la modificación del concepto de autoridad en el vigente Código Penal, con el fin de proteger a los profesio-nales del Sistema Sanitario Público frente a posibles agresio-nes que puedan sufrir con ocasión del desempeño de sus funciones.

Pese a los evidentes méritos de una norma de este calado, su ámbito de aplicación se ha limitado al sector público, en concreto, al sistema sanitario público de la comunidad autónoma de Extremadura, integrado por sus centros sanitarios y sociosanitarios, y referido tanto al desarrollo de las actividades realizadas en el interior de los mismos como fuera. A tales efectos, se reconocerá que los profesionales siempre están en el ejercicio de sus funciones profesionales cuando se produzca un ataque a su integridad física o moral derivado de su condición profesional.

El núcleo de la protección jurídica que establece la ley se centra en el reconocimiento del carácter de autoridad pública de los profesionales sanitarios que en el desempeño de las funciones que tengan asignadas, gozarán de la protección reconocida a tal condición por la legislación vigente. Ese reconocimiento conlleva que los hechos constatados por los mencionados profesionales en el ejercicio de sus funciones gozarán de la pre-sunción de veracidad cuando se formalicen por escrito en documento que cuente con los requisitos establecidos según la normativa que resulte de aplicación en cada caso, sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses pue-dan señalar o aportar los propios administrados.

Es evidente que este tipo de normativas, junto con la modificación operada en el Código Penal en el mismo sentido, constituyen un primer paso para la protección de los profesionales sanitarios en el ejercicio de sus funciones, pe-ro no es menos cierto que aún resta regular la situación para el personal sanitario que presta sus servicios en el ámbito privado y que se enfrenta a los mismos problemas.

La regulación que se lleve a cabo para estos últimos debe-rá tener en cuenta este ámbito privado del ejercicio profesional y las especificidades del mismo, para fijar fórmulas que garanticen una adecuada protección de todos los profesionales sanitarios sin excepción.

Autor: Francisco Corpas

Francisco Corpas es abogado, profesor y, en los pocos ratos libres que le quedan, músico compositor. Como pasa muchas horas al día hablando en jurídico, promete dejar ese lenguaje aparte en este blog, siempre que sea posible. Pero intentará acercar el Derecho desde una perspectiva más cálida y humana

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Artículos relacionados

Últimos artículos

Felicidades, papá, no quiero ser enfermera

Felicidades, papá, no quiero ser enfermera

Mi padre no quería que estudiara Enfermería. Me acompañó a echar la matrícula de primer año en la facultad sin parar de suplicarme que nos diéramos la vuelta, que lo pensara mejor. Así hasta la misma puerta. En aquel momento me parecía una rareza, casi una traición a...

Más dinero para mantener la calidad sanitaria

Más dinero para mantener la calidad sanitaria

Falta dinero en la sanidad. Con lo que hay, no llega, y a la vista está. Se necesitan, por ejemplo, profesionales de toda clase y condición en primaria y especializada. En algunas especialidades médicas la carencia es un drama, y en enfermería, el déficit alcanza...

Más enfermeras en residencias para cuidar mejor a los mayores

Más enfermeras en residencias para cuidar mejor a los mayores

España es una sociedad envejecida. Se hace mayor casi al doble de velocidad que el promedio de la Unión Europea y a la vuelta de la esquina, en 2050, aproximadamente el 40% de su población superará los 65 años de edad. Para ese año, se estima que por cada cien...

Las enfermeras sí pueden realizar labores médicas

Las enfermeras sí pueden realizar labores médicas

El envejecimiento poblacional, los profundos cambios que está experimentando la demanda asistencial, la agónica falta de profesionales, la ausencia de una financiación adecuada y el anquilosamiento de un modelo sanitario pensado para la realidad de hace cincuenta...

Categorías

Archivos

Bitácora Enfermera no se hace responsable ni comparte necesariamente las opiniones de terceros emitidas a través de esta plataforma de blogs.