
El Tribunal Constitucional y la colegiación
Una reciente Sentencia de 2 de noviembre de 2015 del Tribunal Constitucional, siguiendo la jurisprudencia establecida, ha declarado nulo, por inconstitucional, la parte del segundo inciso del art. 16.2 de la Ley 8/1997, de Colegios profesionales de Castilla y León, que excepciona la colegiación respecto del personal de las Administraciones Públicas «para la realización de actividades propias de una profesión por cuenta de aquéllas, cuando el destinatario inmediato de tales actividades sea la Administración», al considerar que constituye una excepción a la regla básica de colegiación obligatoria que vulnera las competencias estatales.