Tras la entrada en vigor, el pasado 24 de diciembre (dos meses después de su aprobación en Consejo de Ministros), del Real Decreto 954/2015, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, o como se asume en informes jurídicos, la “prescripción enfermera”, parece ser que al colectivo médico, o al menos a unos pocos, les interesa justificar que en ocasiones los enfermeros si podemos indicar, USAR o autorizar la dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica. Y precisamente la clave está es eso: “determinados medicamentos”.
Autor José Luis Cobos
Una ventana desde la que mirar a la Enfermería y, con una óptica enfermera, analizar otros aspectos de la sanidad.