A vueltas con el RD: La Responsabilidad Civil

por | 11 marzo 2016 | Blog Francisco Corpas | 0 Comentarios

La aprobación y publicación del denominado Real Decreto de Prescripción enfermera ha generado una serie de notas informativas e instrucciones conminando a los enfermeros y enfermeras a seguir actuando respecto de los medicamentos como lo venían haciendo hasta ahora, añadiendo que, en tales casos, los profesionales actuantes quedarían cubiertos por el Servicio de Salud correspondiente, a través de su seguro de responsabilidad civil.

Sin embargo, el artículo 19 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro señala muy claramente que elasegurador no estará obligado al pago de la prestación, en el supuesto de que el siniestro haya sido causado por mala fe del asegurado. Por su parte, el artículo 73 define el seguro de responsabilidad civil como aquél por el que el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato, a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado conforme a Derecho.

El Tribunal Supremo, en sentencias de 22 de marzo de 2004, 2 de junio de 2005 y, sobre todo, la de 25 de julio de 2014, ha considerado que lo que el artículo 19 de la Ley del Contrato de Seguro excluye es que el asegurador esté obligado a indemnizar al asegurado un siniestro ocasionado por él con mala fe, pues no es posible asegurar comportamientos o actuaciones dolosas que contravengan el ordenamiento jurídico.

Cobertura

De ahí que, precisamente por ello, la mayoría, por no decir la práctica totalidad, de las pólizas de responsabilidad civil profesional, contengan exclusiones de aplicación de cobertura por dichas pólizas respecto de las responsabilidades profesionales que provengan de operaciones iniciadas deliberadamente a pesar de su prohibición por las leyes y/o reglamentos de general aplicación, así como los que rigen el ejercicio de la profesión del personal del asegurado. Por ello, resulta muy difícil comprender que se pueda estar afirmando con tanta ligereza una pretendida cobertura respecto de actuaciones que puedan llevarse a cabo infringiendo el Real Decreto de prescripción enfermera (específicamente al indicar a los enfermeros que no hagan caso del mismo en su día a día y obvien su aplicación), de manera consciente y voluntaria, cuando la realidad jurídica no es así.

Autor: Francisco Corpas

Francisco Corpas es abogado, profesor y, en los pocos ratos libres que le quedan, músico compositor. Como pasa muchas horas al día hablando en jurídico, promete dejar ese lenguaje aparte en este blog, siempre que sea posible. Pero intentará acercar el Derecho desde una perspectiva más cálida y humana

0 comentarios

Artículos relacionados

Últimos artículos

La deuda pública obliga a reformas sanitarias

La deuda pública obliga a reformas sanitarias

En menos que canta un gallo, allá por 2030, España gastará más en el abono de los intereses de su deuda pública que lo que invierte en hospitales. Si las predicciones de Funcas se cumplen, que suelen hacerlo casi siempre con precisión milimétrica, nuestro país deberá...

Cuidar de verdad a los que nos van a cuidar

Cuidar de verdad a los que nos van a cuidar

España va a convertirse en una sociedad de cuidados. El acelerado envejecimiento de la población, la cronicación de enfermedades y la necesidad inexcusable de promover y generalizar hábitos de vida saludable pondrán a la enfermería en el centro de los nuevos sistemas...

Espaldarazo real a la enfermería

Espaldarazo real a la enfermería

El envejecimiento y la salud mental van a ser dos de los principales retos a los que se enfrentarán la sociedad en su conjunto y la sanidad en particular en los próximos años. La generación del “baby boom” empieza a entrar ya en edad provecta y el número de mayores...

Innovación y liderazgo enfermero

Innovación y liderazgo enfermero

Las enfermeras no solo cuidan. Organizan, coordinan, investigan, innovan, forman, gestionan equipos y garantizan la continuidad asistencial. En definitiva, son líderes de la sanidad. Y es que, las enfermeras y los enfermeros son los profesionales que conocen de...

Del discurso al liderazgo real de los cuidados

Del discurso al liderazgo real de los cuidados

*Por José Antonio Ávila Olivares, secretario del Colegio de Enfermería de Alicante La reciente modificación de la regulación del Comité de Cuidados de Enfermería de la Comunidad Valenciana es una buena noticia. Durante años, la Enfermería ha reclamado que los cuidados...

Categorías

Archivos

Bitácora Enfermera no se hace responsable ni comparte necesariamente las opiniones de terceros emitidas a través de esta plataforma de blogs.